La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación señala en su artículo 125 que: los Centros Educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados.
La Programación General Anual (P.G.A.) es un instrumento de planificación para cada curso académico, que tiene como finalidades:
- Recoger las decisiones y acuerdos más relevantes que afecten a la organización y funcionamiento general del Centro.
- Garantizar la actuación coordinada de las estructuras organizativas y de los equipos de coordinación docente, propiciar la participación y colaboración de todos los sectores de la comunidad educativa y definir la distribución responsable de las tareas y actividades para conseguir los objetivos establecidos en el ámbito del Centro.
- Concretar y desarrollar para cada año escolar los documentos de planificación.
- Establecer un plan de seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo de Centro y las Programaciones Didácticas desde una perspectiva global.